Fragmento del Manifiesto Liminar de 1918

La juventud vive siempre en trance de heroísmo. Es desinteresada, es pura. No ha tenido tiempo aún de contaminarse. No se equivoca nunca en la elección de sus propios maestros. Ante los jóvenes no se hace mérito adulando o comprando. Hay que dejar que ellos mismos elijan sus maestros y directores, seguros de que el acierto ha de coronar sus determinaciones. En adelante solo podrán ser maestros en la futura república universitaria los verdaderos constructores de alma, los creadores de verdad, de belleza y de bien.
Manifiesto Liminar de la Federación Universitaria de Córdoba - 1918

lunes, 5 de diciembre de 2016

Causalidad e Imputación Objetiva - Sancinetti Marcelo



I.- Clases
Las clases están a cargo del Profesor Titular Marcelo Sancinetti, quien asiste a todas y cada una de ellas. Solamente en tres ocasiones llamó a otros profesores de su cátedra para que, estando él presente, dieran una clase. Ellos fueron el Profesor Adjunto Guillermo Orce (de la comisión Sancinetti-Orce), el Profesor Titular Fernando Córdoba y el Dr. Lerman (que está a cargo de una comisión de Teoría del Delito por la mañana y también es de la cátedra de Sancinetti). Es decir, no hay ayudantes que den clases en esta comisión.
Sancinetti es una rara avis en esta facultad. No le importa llegar a abarcar un programa muy extenso, pero quiere que al menos los temas que enseña se entiendan bien, y quizás asiste varias clases con distintos casos sobre un mismo tema para discutir. Toma textos de distintos autores y los compara. Incluso, en una oportunidad, tomó un caso de un autor norteamericano y se lo mandó por correo electrónico a Jakobs para que propusiera una solución alternativa, la que trajo al curso a la semana siguiente.
El curso es muy interesante. Empezamos leyendo en clase el tratamiento que Welzel le da al tema en su histórico manual. En seguida, propuso la lectura de otro libro histórico: La causalidad como elemento de los tipos penales, donde Engisch propone la teoría de la causalidad de acuerdo con las leyes de la naturaleza. Luego empezó el tratamiento de los problemas propios del tema: causalidad alternativa, cursos causales hipotéticos, concurrencia de riesgos, las teorías causales de Puppe y Mackie. Seguidamente, tratamos los elementos fundamentales de la teoría de la imputación objetiva.
A partir de la segunda semana de noviembre (es decir, las últimas tres semanas del curso), las clases estuvieron a cargo de los estudiantes, que uno a uno debían exponer un tema de su elección sobre la materia. Aquí los temas dependen de lo que cada uno quiera ver, pero permite enriquecer bastante la cursada. Por ejemplo, un estudiante escogió el principio de confianza en la medicina, otro las particularidades de la imputación objetiva en el delito imprudente.
Reafirmo lo que dije al comentar el curso de Teoría del Delito del mismo profesor. Es un privilegio tenerlo dando clases a los estudiantes de grado, y no hay que desaprovechar esta oportunidad que nos da nuestra Facultad.

II.- Bibliografía
El profesor recomienda muchos libros, aunque por supuesto no espera que nadie lea todos ellos.
En primer lugar, es recomendable leer La causalidad como elemento de los tipos penales, que es un artículo del profesor Engisch donde se plantean algunas discusiones tradicionales sobre el tema.
Como libro cabecera del curso, tenemos un compendio de artículos llamado Causalidad, Riesgo e Imputación, cuyo compilador es el propio Sancinetti y que incluye algunos de su autoría. Entre estos, el más importante es quizás Cursos causales hipotéticos y teoría de la diferencia.
Específicamente para causalidad, el profesor recomienda también un libro de Samson sobre los cursos causales hipotéticos y el libro del norteamericano M. Moore. Pero estas dos obras, por su extensión, él mismo dice que no pueden abarcarse en el curso cuatrimestral, por lo que deja librada su lectura, o la de algún fragmento, a lo que decidan los estudiantes.
Para imputación objetiva, lo mejor es la sección correspondiente del Manual de Jakobs. Pero también La Imputación Objetiva (el famoso librito negro del mismo autor), que es una versión simplificada.
Además hay algunas obras del propio Sancinetti que tratan el tema. Mi preferida es Subjetivismo e Imputación Objetiva en Derecho Penal, una recopilación de tres conferencias que dio el profesor en la Universidad del Externado de Colombia, de las que específicamente la segunda abarca temas muy relacionados con este curso.
Como puede verse, la bibliografía sobre el tema es muy extensa, y el profesor da herramientas para que cada uno pueda construir su propio camino, pero queda en los estudiantes cuánto y qué leer.

III.- Exámenes
Como ya dije en otras publicaciones, a Sancinetti la nota no le interesa demasiado. Su idea es que todos los estudiantes aprueben. Por ese motivo, toma la segunda semana de noviembre un parcial de opción múltiple, donde pone la nota tentativa que cada uno tendrá en el curso. El examen está hecho para que todos aprueben. No es normal que haya notas bajas.
Luego, esa nota se modifica en base a una exposición que debe realizar cada estudiante sobre un tema de su interés. Puede ser un artículo, una idea, un tema. Cada uno elige, y no tiene que rendirle cuentas de ello a Sancinetti.
Ahora bien, cuando yo hice este curso hubo una particularidad, que fue la modalidad de Seminario de Investigación que adoptó. Es decir, otorgó puntos para quienes quisieran obtener el certificado de la Secretaría de Investigación, y por ello el trabajo final debió consistir en una monografía sobre un tema a elección del estudiante.
En resumen, hay un examen de opción múltiple, una exposición oral y una monografía. Esos tres elementos componen la nota del curso.


Clases: 9/10
Bibliografía: 10/10
Exámenes: 10/10

Trabajos Prácticos: NO
Nota: 10/10

Dificultad: Fácil

Comentario: Es un curso interesante, recomendable para hacer como cuarta materia si ya se tiene un conocimiento previo sobre la temática. Se profundiza sobre temas interesantes y se tiene el placer de cursar con uno de los mejores penalistas latinoamericanos.

Introducción a las Teorías Criminológicas - Laino Gabriela



I. Clases
Las clases están a cargo de la Dra. Gabriela Laino y de dos ayudantes. Solo uno de ellos es muy bueno dando clases, la profesora es aceptable y el otro ayudante es malo. Ellos dicen proponer una modalidad de "taller", pero en verdad las clases se limitan a que ellos dicen los aspectos que consideran fundamentales de cada teoría, anotamos, y después se pasan un rato largo esperando a que pase el reloj mientras comentan alguna cuestión sin importancia.
La materia debería llamarse "curso de criminología crítica", porque se trata básicamente de eso. De hecho, uno de los libros que proponen para seguir el curso es uno de los que funda esa corriente, "Criminología Crítica y Crítica del Derecho Penal". Pero además, digo que el curso es de criminología crítica porque realiza un recorrido por las distintas escuelas, siempre adoptando una mirada de la escuela crítica para tratarlos.
El curso consta de diez encuentros. Se habla de la criminología como ciencia (1), de la escuela clásica (2), de la escuela positivista (3), de la criminología argentina (4), de la escuela estructural funcionalista (5), de la teoría de los contactos diferenciales (6), de la teoría de las subculturas criminales de Cohen (7), del enfoque del labelling aproach (8), de la criminología crítica (9) y de algunos planteos de Foucault y Delleuze (10).
Siendo el curso tan corto, se dieron el lujo de llevar a los estudiantes a una charla del mentor de su titular, perdiendo uno de los encuentros. En este punto corresponde indicar que la comisión se encuentra enmarcada en la cátedra del Dr. Alejandro Slokar.
Aprovecho esta oportunidad para indicar que, cursando esta materia, me di cuenta de lo importante que es saber a qué cátedra corresponden los cursos del Ciclo Profesional Orientado al momento de anotarse, para evitar esta clase de sorpresas. Por eso, quiero llamar la atención sobre el hecho de que, si bien todos los cursos del CPO están enmarcados en una cátedra, se ofertan sin indicar su pertenencia a alguna de ellas, por lo que el estudiante solo puede saberlo, en el mejor de los casos, efectuando una investigación por su cuenta. A veces, es totalmente una sorpresa. La libertad de cátedra en nuestra Facultad nos permite a los estudiantes elegir una cátedra y, con ella, un enfoque determinado sobre la materia.
Toman lista al final de cada clase.

II. Bibliografía
La bibliografía obligatoria se encuentra en una fotocopiadora, y consiste en breves artículos, la mayoría de los cuales trata de la escuela positivista en Argentina. Muchos de ellos son prescindibles, como el texto de Zaffaroni que dice "el poder punitivo es como la milanesa con papas fritas".
Pero además la profesora recomienda seguir el curso de una de las siguientes obras: o bien el Manual Básico de Criminología de Elbert, o el ya citado Criminología Crítica y Crítica del Derecho Penal de Baratta.
Los libros son cortos, a veces da la sensación de que se quedan muy en lo superficial. Por supuesto, Baratta hace un gran desarrollo de su postura crítica marxista, y parece que es lo que más le interesa a la profesora que sepan sus estudiantes.

III. Exámenes
La comisión evalúa mediante un solo examen escrito al final de la cursada, dando la posibilidad de una instancia complementaria de evaluación oral para quienes no estén en condiciones de aprobar. No se puede utilizar esa instancia para subir la nota una vez que se rindió el examen y se obtuvo un mínimo de seis puntos.
El examen es bastante malo. Son diez ejercicios de opción múltiple, con un solo enunciado correcto. Ahora bien, como aclara la doctora Laino al iniciarlo, más de una proposición puede ser verdadera, pero solo una completa en forma aceptable el enunciado. Es decir, es la lotería de entender qué quiso decir Laino, que dicta solamente tres clases del curso, al redactar los benditos ejercicios.
Creo que, dada la poca presencia de la Profesora Adjunta, al menos debería considerar la posibilidad de ponerse a trabajar a la hora de corregir los exámenes. No todo puede ser fácil en la vida. Poco le cuesta redactar un examen como la gente, con preguntas a desarrollar.



Clases: 6 / 10
Bibliografía: 6 / 10
Exámenes: 4 / 10
Trabajos Prácticos: NO


Nota Final: 5 / 10

Dificultad: Baja

Comentario: Es una comisión normal de la facultad. No tiene profesores brillantes (ni cerca). Considero que se queda corta con el catálogo de escuelas que incluye. Podría dedicar un poco más de tiempo al dictado de las clases, con un programa más pretencioso. Quizás convendría incluir una clase sobre la prisión, ya que hay muchas lecturas sobre eso en la bibliografía obligatoria, pero no se trata en ninguna clase particular. Algunos temas son muy interesantes, pero no la recomiendo para quienes quieran aprender esta materia.
Además, es fundamental cambiar el método de examen. Los ejercicios de opción múltiple mal redactados dan lugar a serias arbitrariedades.
De todas maneras, creo que esta materia no puede reemplazar al dictado en cuatro meses de Parte Especial del Derecho Penal. Sería imposible abarcar por lo menos un aceptable catálogo de delitos en dos meses, con tipos de lesión dolosos, imprudentes, tipos de peligro, delitos de omisión, y con bienes jurídicos clásicos y modernos (vida, propiedad, libertad, pero también orden económico y financiero, por ejemplo). En cambio, en dos meses se puede ver a grandes rasgos la evolución de las teorías criminológicas, profundizándolas con lecturas personales posteriores.
Falta trabajo por parte de la profesora adjunta. El titular por supuesto que ni figura. Nada que ver con Sancinetti.

jueves, 1 de diciembre de 2016

Parte Especial del Derecho Penal - Bunge Campos Luis




I.- Clases
La comisión pertenece a la cátedra del Dr. Garibaldi.
Las clases están a cargo de un equipo docente encabezado por el Dr. Luis María Bunge Campos, Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Además hay dos profesores, Marta y Lino. Ellos tres dan muy buenas clases. Además, hay un grupo bastante grande de ayudantes. Como es usual, algunos de ellos son muy didácticos, otros son un verdadero desastre. Lamentablemente, la clase de homicidio imprudente y la de tenencia de armas fueron dos experiencias olvidables. ¿Es necesario que la ayudante golpee el pizarrón con el marcador?
La materia es muy interesante y, yo diría, casi imprescindible. Se empieza estudiando los delitos contra la humanidad, después homicidio, lesiones, calumnias, injurias, amenazas, delitos contra la libertad, contra la integridad sexual, contra la propiedad, la administración pública... así se estudian muchos tipos penales en particular. Por supuesto, no se agota todo el Código Penal ni las leyes complementarias, pues hacerlo sería imposible en un cuatrimestre. Pero por lo menos uno se inicia en el estudio de los tipos penales en particular. En mi opinión, hubiese sido más interesante ver un par más de defraudaciones en particular en lugar de tenencia y portación de armas, especialmente con quien dio la clase.
La misma ayudante mandó un correo electrónico indicando que para el final nos encontraríamos en "vedelía". El bedel, llorando.
La materia es una de las más lindas de la carrera. Al haber tantos tipos penales, es extremadamente dinámica y obliga a retomar algunos conceptos de otras ramas del Derecho.

II.- Bibliografía
La bibliografía es libre. Se puede usar el manual de Amans y Nager, el de Núñez o cualquier otro. Yo utilicé durante toda la cursada el tratado de Soler y el manual de Núñez. El segundo me pareció bastante malo, muy resumido y con errores de redacción. Algunas partes se repiten en el libro. El primero, en cambio, es excelente. Todos los temas están muy bien desarrollados y el vocabulario de Soler es fácilmente comprensible. El problema es que ninguno de los dos libros que utilicé permite agotar el programa. Por ese motivo, también leí otros textos. Por ejemplo, para Lavado de Activos, no puedo dejar de recomendar el artículo del profesor Trovato que se publicó en el Código Comentado por Zaffaroni en su última edición.
Además hay una carpeta de Dropbox donde se suben fallos y algunos artículos de doctrina sobre los tipos penales que se ven en clase. En general, son muy interesantes.
En algunas clases, Lino encomienda la lectura de fallos. El más interesante de ellos fue "Alsogaray" en el tipo penal de enriquecimiento ilícito de funcionarios públicos.

III.- Exámenes
La comisión evalúa mediante dos exámenes. Un primer parcial escrito, donde se deben responder cuatro o cinco preguntas bastante simples y resolver un caso. Pone notas altas y la corrección es bastante justa. El segundo examen es un final oral obligatorio, donde se rinde toda la materia sin importar la nota del primer parcial.
Además hay cuatro trabajos prácticos durante la cursada, de los que hay que aprobar al menos tres para pasar el curso.  Si se aprueban los primeros tres, no es necesario entregar el cuarto. Generalmente, todos aprueban esos trabajos. Los corrigen los ayudantes y suben las consignas y las notas al Dropbox.
Tengo que señalar que algunos trabajos prácticos no tienen demasiada relación con la cursada. En este caso, el segundo se trató sobre conceptos de imputación objetiva. Si bien no tengo ningún problema con la dogmática, me hubiese gustado más poder seguir trabajando sobre tipos penales, ya que para eso hice Parte Especial del Derecho Penal. En cuanto a imputación objetiva, para eso cursé una materia específica de cuatro puntos. En cuanto al último trabajo práctico... ¿tenencia y portación de armas? Con lo interesante que es esta materia...
Una recomendación puntual: utilicen los trabajos prácticos para trabajar sobre tipos penales que no se lleguen a dar en clase. Por ejemplo: lesiones, daños, falsificación de moneda. El mejor trabajo práctico fue, sin lugar a dudas, el de crímenes de lesa humanidad.


Clases: 6/10
Bibliografía: 9/10
Exámenes: 9/10

Dificultad: Normal
Trabajos Prácticos: SÍ

Nota: 8 / 10

Comentario: Es una comisión normal, donde hay muchas clases dictadas por ayudantes. Si se estudia, se aprueba. No van a salir siendo grandes sabios del derecho. Quizás mejoraría mucho si Bunge Campos asistiera más asiduamente, y Lino y Marta dictaran más clases. Menos participación de los ayudantes, o conseguir ayudantes mejores.
Materia imprescindible para penalistas.

viernes, 11 de noviembre de 2016

Finanzas Públicas y Derecho Tributario - Naveira - Laguzzi



I,- Clases
Las clases están, en su mayoría, a cargo del Profesor Adjunto Eduardo Laguzzi. Es muy bueno dando clases. Habla muy rápido, pero en sus exposiciones simplifica los conceptos, siguiendo el libro del Prof. Naveira pero focalizando los puntos más importantes.
Laguzzi es asistido por varios profesores y ayudantes, muchos de los cuales dan una o dos clases en el cuatrimestre. Algunos son aceptables, pero hay un par que son muy malos. Uno de ellos es el que dio la clase de presupuesto, que no consiguió hacer una exposición buena. La otra es la que dio la clase de impuestos en particular, que se mostró como una señorita bastante soberbia, llamando a los estudiantes de "doctores" e increpándolos para que se sentaran más adelante. Su clases fue muy malas, limitándose a "tomar lección" de los temas ya vistos, y haciendo un resumen al final de lo que debería haber dicho. Por suerte, solo vino una vez.
Más allá de la baja calidad de algunas exposiciones, las clases del Dr. Laguzzi, que son la mayoría, son muy buenas y justifican el anotarse en esta comisión.
Los temas son variados e interesantes. La primera parte del curso se ve Derecho Financiero: su origen histórico y sus principales instituciones (presupuesto, gastos públicos y recursos públicos). En esta primera parte hay dos clases que están a cargo de los propios estudiantes, que pueden ofrecerse para exponer fallos sobre impuestos, tasas y contribuciones. En la segunda parte se aborda el estudio del Derecho Tributario, y los temas son Derecho Tributario Constitucional, Derecho Tributario Sustantivo, Derecho Tributario Administrativo, Derecho Aduanero, Derecho Tributario Procesal, Derecho Tributario Penal y Derecho Tributario Internacional. El temario es muy extenso, pero se termina aprendiendo bastante, y se recuerda -al pasar- que el Derecho es una unidad, y que hay que saber de todas las ramas por más que uno se vaya a dedicar a otra totalmente distinta. El curso incluye temas de obligaciones (al estudiar la obligación tributaria sustantiva durante dos clases), constitucional, penal, internacional y administrativo.
Un punto a considerar es que el curso es corto. Terminamos el 11 de noviembre con el segundo parcial, por lo que la materia termina casi un mes antes que otros cursos. Para una materia con tanto contenido, eso es malo, porque obliga a estudiar "a las apuradas".

II.- Bibliografía
La bibliografía son los dos manuales de Naveira de Casanova, que son las guías de estudio de la Editorial Estudio de "Finanzas Públicas y Derecho Financiero" y "Derecho Tributario". Además, hay algunos fallos de lectura obligatoria, pero que se exponen en clase y no son extensos -con alguna excepción-.
La lectura del libro es muy tediosa, porque no es una guía de estudio normal. Tiene muchísimos conceptos en cada página, con textos largos y llenos de detalles que se repiten en otros capítulos. Hay que leerlas con el programa en mano, para saber qué se puede obviar y qué no.

III.- Exámenes
La comisión cuenta con tres instancias de evaluación.
La primera es voluntaria y consiste en la exposición de un fallo en las dos clases que se incluyen en la primera parte del cronograma a tal fin. A quienes lo hacen correctamente, se les sube de uno a tres puntos de la nota del primer parcial.
La segunda instancia de evaluación es el primer parcial, que es escrito y tiene cinco preguntas a desarrollar sobre los temas del programa que entregan la primera clase. Hay notas altas y no es para nada difícil.
La tercera instancia de evaluación es el segundo parcial, que es oral.
Cada parcial tiene su recuperatorio, y hay un examen final.
Un punto para mejorar es la diferencia que implicó que la mitad de los estudiantes rindiera el segundo parcial un viernes y la otra mitad el martes siguiente, ya que esa segunda mitad tuvo un fin de semana entero extra para estudiar.


Clases: 8 / 10
Bibliografía: 9 / 10
Exámenes: 9 / 10
Trabajos Prácticos: NO

Nota Final: 9 /10
Dificultad: Normal

Comentario final: Me parece una comisión recomendable. No la complican para nada y se aprende bastante. Con todos los temas que abarca, es imposible que algo no le guste al estudiante.


viernes, 4 de noviembre de 2016

Resoluciones Judiciales - Valdez Mirta



I. Clases
Las clases están a cargo de tres ayudantes que son supervisados por la adjunta a cargo del curso, la profesora Mirta Valdez. La realidad es que el cuerpo docente no es bueno dando clases. Se van mucho por las ramas, dan tantas vueltas que sobre el final de la clase no se puede comprender exactamente de qué hablan y, sobre todo, no podrían transmitir un concepto aunque su vida dependiera de ello. La adjunta no da ninguna clase completa.
La materia suena muy interesante e, incluso, podría parecer que se va a aprender mucho sin importar de qué orientación uno provenga. Pero atención, las apariencias pueden engañar.
Penalistas, huid. El curso es para quienes se dediquen a Derecho Privado.
Se analizan las resoluciones judiciales a partir del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En una primera parte se ve su estructura, su clasificación, su fundamentación. Luego se van sucediendo temas específicos, como la tutela de urgencia, la flexibilización del principio de congruencia, la búsqueda de la verdad en el proceso. Hay una clase sobre las "particularidades" de las resoluciones en el proceso penal, en la que se ve poco y nada. Finalmente, como tema estrella, se aprenden (de nuevo) los recursos en el proceso civil. Sí señores, de nuevo a leer los plazos del Código Procesal Civil y Comercial.
Párrafo aparte merece el trato de los ayudantes para con los estudiantes. Un conocido profesor de la casa dijo una vez que los abogados, al llegar a determinada edad, desarrollan una poderosa soberbia. Pues bien, estos jóvenes han sido precoces en ese sentido: antes de llegar a los treinta años ya poseen un ego superdesarrollado. Es curioso que pretendan que todos sepamos de Procesal I los plazos del Código Procesal Civil y Comercial cuando ellos no saben la forma en que se interponen los recursos según el Código Procesal Penal. Aprovecho para señalar nuevamente que, en mi opinión, el Derecho es una unidad, y su conocimiento por partes no funciona. Si solo saben Derecho Procesal Civil, que se pongan a enseñar "Elementos...".
Las clases dictadas en la primera parte son las que más preparan para el parcial escrito, porque son las únicas que tratan sobre la estructura de las resoluciones judiciales. Por ello, sería fundamental que fueran clases organizadas y bien dictadas. Todo lo contrario. Los ayudantes acostumbran llevar cuatro o cinco resoluciones que distribuyen en un curso de ochenta estudiantes y pretenden que de esa manera se aprenda a identificar las partes de todas ellas. Por supuesto, el curso es un verdadero fracaso en ese sentido.
El sistema de clases debate es, en medio de este devastador panorama, un aire fresco. Son seis clases en las que hay que participar, y el conocimiento lo van armando los estudiantes con lo que leyeron en el blog de la comisión. Se termina aprendiendo mucho más en esas clases que con las exposiciones de los inexpertos ayudantes.


II. Bibliografía
A diferencia de las clases, la bibliografía es bastante buena. Diría que es lo positivo del curso.
Se utiliza para las primeras clases la parte de Resoluciones Judiciales del Tratado de Derecho Procesal Civil y Comercial de Falcón. Es un texto bastante interesante, aunque hace muchas remisiones a partes que no se incluyen en el material que proporciona la comisión y a veces peca de brevedad.
Luego están los artículos y fallos que tienen subidos al blog de la comisión. Ellos se utilizan especialmente en las clases debate, pero también son muy útiles para entender los temas y completar las clases.
Se leen tres fallos particularmente importantes: "Camacho Acosta" sobre tutela anticipada; "Casal" sobre el proceso penal y, específicamente, sobre Casación, y "Furlán" (CIDH) sobre tutela efectiva. Ello si bien se mencionan otros fallos y se leen para preparar los debates (como "Kosuta" de Casación o "Fornerón" de la CIDH).
La bibliografía me parece adecuada y fácil de conseguir. Además, no es imposible de abordar en un curso de dos meses.

III. Exámenes
La comisión tiene, como ya se explicó, instancias de debate, que conforman una primera nota del curso o nota de concepto. Es decir, participar en los debates organizados tiene una gran importancia para los profesores.
Además, hay un examen final escrito organizado a partir de una resolución judicial que se entrega una clase antes. En este bimestre tomaron siete preguntas sobre la sentencia y tres sobre los temas vistos en clase. Es importante ver cómo es el parcial para fijar la falta de contenido del curso. Algunas preguntas fueron sobre cómo se resolvió el caso en las instancias anteriores, qué principios se consideraron... Es decir, cuestiones relacionadas con la simple lectura de la resolución. Una pregunta era si la resolución tenía "carácter final", concepto que no se trabajó. Habiendo dos meses de clases sobre resoluciones judiciales, ¿es necesario acudir a esa clase de preguntas?
A veces las materias sin contenido deben recurrir a exámenes sin contenido. Sí me parecieron adecuadas las preguntas sobre los temas vistos en clase (juicio por jurados, cosa juzgada, tutela anticipada).


Clases: 2 / 10
Bibliografía: 9 / 10
Exámenes: 5 / 10

Trabajos Prácticos: NO
Nota Final: 5 / 10

Dificultad: Baja

Comentario: Si se viene de la orientación en Derecho Penal, no se aprende mucho. Quienes vengan de otras orientaciones tampoco van a salir siendo expertos en resoluciones judiciales, a lo sumo harán un repaso de algunos temas de "Elementos...". No recomiendo anotarse.
Me quedé muy decepcionado.

lunes, 29 de agosto de 2016

Lecto-comprensión (Portugués) - Examen Libre

La materia lecto-comprensión depende del Departamento de Idiomas de la facultad y se trata básicamente de adquirir habilidades para comprender textos jurídicos escritos en un idioma extranjero. La facultad ofrece cursos de lecto-comprensión en idioma inglés que se dictan tres veces por semana, es decir, con la carga horaria de Familia y Sucesiones y de Elementos de Derecho Comercial. Además, existe la posibilidad de rendir examen libre de los idiomas inglés, portugués o francés. Finalmente, para los que tengan en vigencia un examen internacional, la mejor opción es presentar una carta por mesa de entradas y eximirse de esta materia.
Al entrar a la facultad todos pensamos que esta materia está de más en el plan de estudios. Sin embargo, después de haber cursado gran parte de la carrera, mi pensamiento al respecto ha cambiado. Sea cual fuere la rama del derecho a la que nos dediquemos en el futuro, la comprensión de textos jurídicos escritos en otras lenguas será fundamental para darnos un acabado conocimiento de ella. ¿Qué mejor que estar al tanto de la última jurisprudencia mundial en un tema, ya sea europea o estadounidense? Ni hablar si su plan es estudiar Derecho Internacional o Historia del Derecho.
En suma, la globalización y los fenómenos de integración regional vuelven más importante el conocimiento de idiomas extranjeros. Los cada vez más frecuentes desplazamientos de personas por distintos territorios conllevan un aumento de casos en que está involucrado el derecho extranjero. Asimismo, nuestra pertenencia al MERCOSUR y nuestro deseo de avanzar hacia la supranacionalidad exige que estemos al día con los movimientos de la Unión Europea.
Los argumentos a favor de la existencia de -al menos- un curso de lecto-comprensión en idioma extranjero en nuestra carrera podrían seguir por varios párrafos más.
Es importante saber que éste no es un curso de idiomas. Se trata de un curso de lecto-comprensión, por lo que quedan de lado la memorización de palabras y estructuras gramaticales. El objetivo es poder comprender textos, y lo que debe adquirirse son herramientas en ese sentido. Una de ellas es la utilización del diccionario, pero no es la única.
Ahora bien, más allá de que los párrafos anteriores no los hayan convencido de la necesidad de esta materia para la carrera, lo cierto es que si quieren ser abogados de la UBA, la van a tener que aprobar de alguna manera. Yo, que conozco bastante bien el idioma portugués, elegí darla libre y en ese idioma.
Si están pensando en hacerlo, lo primero que deben conseguir es un diccionario jurídico portugués-español. En la fotocopiadora que se encuentra frente a la biblioteca silenciosa venden uno. Además, Franja Morada envía por Facebook un modelo de examen y glosarios. Tanto el diccionario como los glosarios se pueden -y diría que se deben- llevar al examen. En la página de la Facultad encontrarán el cuadernillo de lecto-comprensión -actualmente está en vigencia la edición 2014-, que tiene diez textos con preguntas similares a las que se pueden encontrar en el examen.
La propuesta es realmente interesante. Se practica para el examen leyendo textos referentes a diferentes ramas del derecho, extraídos de páginas web de derecho brasileño. Realmente se aprende bastante, incluso conociendo ya el idioma portugués, pues el vocabulario jurídico no es frecuentemente utilizado.
Llegado el día del examen, lo principal es presentarse con el Documento Nacional de Identidad en la facultad, buscar en la cartelera del Departamento de Idiomas y Traductorado el número de aula que corresponde a su comisión y, finalmente, dirigirse allí. En mi caso, el texto del examen fue una noticia sobre una decisión referida a la posibilidad de embargar por deudas alimentarias un fondo de seguridad social que, según la ley brasileña, es inembargable. Había solo tres preguntas: una referida a un ejemplo del texto, otra de comprensión de contenidos y la última para ubicar la conclusión.
En fin, el examen me pareció bastante simple y poco pretencioso. Si se había practicado con los textos del cuadernillo, algunos de los cuales son mucho más complicados, no debería haber representado ningún problema. Aprobaron casi todos.
Yo recomiendo a los estudiantes que tengan algún interés por el idioma portugués o la cultura jurídica brasileña, rendir este examen en modalidad libre. 
Y a la facultad, habilitar por lo menos un curso regular de lecto-comprensión en francés y en portugués por turno.

jueves, 11 de agosto de 2016

Derecho Internacional Privado - Invierno (Feldstein - Rodríguez)


I.- Clases
Las clases las da el ayudante, Ab. Nicolás Corcos. Es un muchacho bastante agradable, solo da los temas que realmente se tienen que saber (considerando que es un curso de invierno) y por ello siempre se termina la clase aproximadamente una hora antes.
De vez en cuando (habrán sido en total cuatro clases) asiste la Dra. Mónica Rodríguez, que es la profesora Adjunta a cargo del curso. Es muy buena explicando, permite mantener la atención. Pero eso sí, con ella las clases no terminan ni diez minutos antes.
La materia está dividida en dos partes. La Parte General incluye el concepto, el análisis de normas de Derecho Internacional Privado, la historia de la rama, el principio de extraterritorialidad, el reenvío, las calificaciones, la cuestión previa, el orden público. En esta etapa se aprende a analizar normas de Derecho Internacional Privado, que es una de las partes más importantes de la materia. La Parte Especial es el estudio de ciertos institutos con los que ya estamos familiarizados por las materias anteriores, pero desde el punto de vista del conflicto de leyes. Los temas que abordamos en este curso fueron capacidad de las personas humanas, matrimonio y divorcio, protección de la minoridad, régimen internacional de los bienes, régimen internacional de las formas de los actos jurídicos, sucesiones, régimen de la contratación internacional, sociedades, insolvencia transfronteriza, arbitraje internacional, jurisdicción internacional y derecho penal internacional (en particular, asilo y extradición).
Para quienes no tengan idea de qué se trata este curso, les cuento que es una materia muy interesante. Lo que le interesa a esta rama del derecho son las relaciones jurídicas que contengan un elemento de internacionalidad relevante, y los elementos que analizamos son la ley aplicable y la jurisdicción. Por ejemplo, si una persona nació en Inglaterra pero se trasladó a Francia, donde murió a avanzada edad, nunca habiendo cambiado su domicilio legal, ¿qué ley se aplica a la sucesión? Supongamos que no tiene herederos y la ley de cada uno de esos países designa a su propio fisco como beneficiario de las herencias vacantes, ¿a qué fisco le corresponden los bienes?

II.- Bibliografía
La bibliografía básica son dos libros de la Dra. Feldstein de Cárdenas: Lecciones de Derecho Internacional Privado y Derecho Internacional Privado Parte Especial. Sin embargo, como son dos libros anteriores al Código Civil y Comercial de la Nación, resulta de mucha utilidad la Guía de Estudio escrita por la misma titular, que funciona como un resumen de los libros mencionados anteriormente.
Los libros son cortos y fáciles de leer, más allá de que tienen algunos errores de redacción. En algunos temas pecan de brevedad.
Además, hay algunos fallos de lectura obligatoria y otros de lectura optativa. Entre ellos, los típicos que ya se vieron en muchas materias anteriores como "Martín y Cía.", "Fibracca Constructora", "Ekmekdjian c/ Sofovich" y "Café La Virginia".

III.- Exámenes
La materia tiene dos instancias de evaluación parcial: un examen escrito de opción múltiple y un examen oral. Cada uno de los parciales abarca diez clases. No hay recuperatorios. Quien reprueba una de las evaluaciones, debe rendir directamente el final oral el día siguiente de rendir el segundo parcial.
Hay un solo trabajo práctico que se realiza en la segunda clase del curso y es el de clasificación de normas de Derecho Internacional Privado.
En el primer parcial únicamente se evalúa lo dado en clase y hay notas altas. En el segundo parcial, el secreto es pasar con el ayudante, pues aprueban todos sin importar cuánto hayan estudiado. La Adjunta es más complicada.


Clases: 8 / 10
Bibliografía: 8 / 10
Exámenes: 9 / 10

Trabajos Prácticos: SÍ

Nota Final: 8 / 10
Dificultad: Normal.

Comentario: Bastante buena. Se aprende, se aprueba con notas altas. Recomendable para hacer en invierno. Durante el cuatrimestre el método de evaluación cambia, y hay tres parciales de los cuales uno es una representación teatral.

lunes, 4 de julio de 2016

Teoría General del Delito y Sistema de la Pena - Sancinetti Marcelo





I.- Clases
Las clases están a cargo del Prof. Dr. mult. Dr. h.c. Marcelo Sancinetti, que es Profesor Titular del Departamento de Derecho Penal, Procesal Penal y Criminología de nuestra Facultad. Sí señores, encontramos a un titular que dicta todas las clases en un curso de la carrera de grado.
La cátedra está pensada como un curso del Ciclo Profesional Orientado, es decir, como lo que es. Esto significa que el estudiante no va para aprender de qué se trata la teoría del delito, pues ese es un conocimiento que debió adquirir en Elementos... En este curso se analizan aspectos conflictivos o se vuelve sobre algunos temas especialmente importantes, como los problemas de resultados sobrecondicionados, omisión impropia, accesoriedad de la participación.
Hay dos clases sobre sistema de la pena, según lo exige el programa de la materia, y para darlas Sancinetti llama a algún profesor de su cátedra, que en mi cuatrimestre fue el Dr. Lerman.
Sancinetti se preocupa por conocer a sus estudiantes: aprende sus nombres, sabe cuántas faltas tienen, en qué cátedra cursaron Elementos. En su opinión, esto último es fundamental. Si en un curso muchas personas provienen de cátedras donde no se dictó correctamente teoría del delito, el nivel de las clases baja mucho, porque tiene que adecuarse al conocimiento de los estudiantes.

II.- Bibliografía
La bibliografía es bastante libre. Sancinetti recomienda seguir uno de los manuales que tradujo: Stratenwerth o Frister (en el futuro estará disponible también Hilgendorf). Además, tiene obras específicas sobre algunos temas, como Causalidad, Riesgo e Imputación, que es un compilado de artículos muy interesante para la primera parte del curso.
Ya que el curso se basa en algunos temas especialmente interesantes de la teoría del delito, es conveniente acompañar sus clases con la lectura de alguno de sus artículos de cada tema. A veces él mismo los recomienda.
Para practicar casos -y la resolución ocasional de alguno para entregar- están los tres tomos de Casos de Derecho Penal escritos por él con la colaboración de Ziffer y Stratenwerth. De todas maneras, en el curso solo se abordan temas de los tomos 2 y 3.

III.- Exámenes
A Sancinetti no le interesa particularmente este punto. Según él mismo afirma, preferiría no evaluar a sus estudiantes, pero la facultad se lo exige. Por ello, acostumbra tomar un examen de opción múltiple a mitad del cuatrimestre y pedir la resolución de casos. En otros supuestos, prescinde de exámenes entendidos en su forma tradicional -siempre según sus propios comentarios-. Depende, claro, del nivel general del curso. A menor nivel, mayor control se requerirá para ver que las clases están funcionando.
En nuestro caso, pidió la entrega de un caso y tomó un examen a mitad de la cursada, y para finalizar pidió la entrega de otro caso y la resolución de otro examen de opción múltiple. El primer caso lo podíamos elegir nosotros dentro del tomo II de su libro de casos, el segundo era uno del tomo III cuyo texto él nos envió por correo electrónico.
En los exámenes no hay nada rebuscado. Es lo que se dio en clase, y quizás algún punto que requiera una lectura que él haya mencionado en clase. En verdad, Sancinetti rara vez desaprueba a alguien. En mi curso aprobaron todos.

Clases: 8 / 10
Bibliografía: 9 / 10
Exámenes: 9 / 10

TRABAJOS PRÁCTICOS: SÍ

Nota: 9 / 10

Dificultad: Baja

Comentario: Es una cátedra donde se puede aprender mucho o poco, dependiendo de la voluntad del estudiante. Sancinetti es una de las personas que más sabe en nuestra facultad, y es un privilegio tenerlo dando clases en los cursos de grado (algo que pocos profesores con su trayectoria están dispuestos a hacer). No recomiendo este curso para los que no sepan nada de teoría del delito, porque van a aprobar pero no creo que aprendan mucho en el camino. En cambio, quienes tengan un conocimiento previo van a poder aprovecharlo.
Quien pretenda cursar en esta cátedra, debe tener en cuenta la siguiente frase que Sancinetti dijo en una de sus últimas clases este cuatrimestre: "Yo me he dedicado a estudiar para formar cuestionadores de los problemas".

miércoles, 29 de junio de 2016

Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y del Proceso Penal - Pique María Luisa



I.- Clases
Las clases están a cargo de la adjunta, la Dra. María Luisa Piqué, y de un ayudante llamado Juan Nieto. Además, asisten otros profesores de la cátedra como el mismísimo Roberto Gargarella.
Ante todo, hay que destacar que la materia que en la orientación de penal conocemos como "Garantías" corresponde al Departamento de Derecho Público. Todas las orientaciones tienen que realizar un curso sobre sus bases constitucionales, y a nosotros nos toca ésta. Esto tiene una consecuencia importante: los profesores que dictan Garantías son, a grandes rasgos, o penalistas o constitucionalistas -con esto me refiero únicamente a que pertenecen a una cátedra de Derecho Penal o Derecho Público-. Está en cada uno decidir con quién cursar, pero hay que tener en cuenta que los penalistas que dictan esta materia la enfocan tanto en el régimen legal que termina siendo un curso de derecho procesal penal. Creo que lo mejor para hacer un curso de constitucional profundizado es entrar en una cátedra de derecho constitucional.
La comisión que comentamos es de la cátedra del Dr. Roberto Gargarella, un constitucionalista bastante conocido. Por ello, los contenidos se abordan desde el punto de vista constitucional. El programa es el siguiente:
1. Teoría constitucional. En esta parte se estudia interpretación constitucional, las tensiones entre constitución y democracia y la teoría del control de constitucionalidad. En esta parte dicta una clase el titular.
2. Pautas constitucionales para la organización del Poder Judicial. Es una de las partes más interesantes, pues se estudia la garantía de imparcialidad del juzgador, la independencia judicial, la garantía del juez natural, el juicio por jurados y el Ministerio Público Fiscal.
3. Principios del Derecho Penal. Aquí se estudia el principio de legalidad, el principio de reserva, la garantía contra la autoincriminación y el principio de inocencia. También es en esta parte de la cursada en la que se descubre la postura de la cátedra: no se trata de un punto de vista neutral sino que son feministas a ultranza. Tanto así que cuando dictan principio de reserva se ve el tema del aborto y luego cuando tratan el tema de la autoincriminación hablan del secreto profesional respecto de las mujeres que se practicaron un aborto. Esto no resulta demasiado problemático porque a la hora de corregir no se exige concordar con ellos.
4. Garantías del Proceso Penal. En esta parte se estudian las medidas de coerción (escuchas telefónicas, registros domiciliarios, requisas, detenciones, prisión preventiva, entre otras), algunas garantías del proceso penal (doble instancia, por ejemplo), algunas figuras como la de los informantes o agentes encubiertos y, finalmente, hay dos clases sobre temas especiales. Una es sobre los derechos de las víctimas y la otra, como no podía ser distinto en esta cátedra, sobre perspectivas de género en el derecho penal.
Las clases son expositivas y se focalizan en los aspectos prácticos, sobre todo a partir del análisis de la jurisprudencia.
En su mayoría, como dije, están a cargo de Juan Nieto y de María Piqué. El primero se destaca por su sentido del humor y, cuando quiere, da buenas clases. Por algún motivo, sin embargo, sobre el final del curso empezó a asistir sin preparar las clases, y eso bajó bastante el nivel del curso. En cuanto a Piqué, es muy buena explicando y bastante ordenada en las exposiciones. Quizás el único problema que se puede plantear es que hace mucho énfasis en su postura feminista. Leyendo un poco más sobre algunos temas, se puede ver que en lo que hace al aborto solo se muestra una visión en este curso, dejando de lado argumentos importantes de la otra parte.

II.- Bibliografía
Se estudia de artículos de distintos autores que están en la fotocopiadora Mutual o en el campus virtual. Además de un artículo de doctrina, cada clase tiene una serie de fallos que, generalmente, están resumidos en el campus y/o en la fotocopiadora por el propio cuerpo docente.

III.- Exámenes
La cátedra evalúa mediante dos parciales escritos, el primero de los cuales tiene un recuperatorio también escrito.
El examen se construye a partir de casos prácticos que deben resolverse con lo que se vio en clase y la lectura de los fallos. La profesora es justa corrigiendo, hay notas altas y no tiene mala voluntad. Solo toma lo que se ve, aclarando que si hay fallos que no fueron tratados en clase, no aparecerán en el parcial.
Hay también un trabajo práctico que consiste en un caso como los que se toman en los parciales. Es domiciliario y se entrega una semana antes del segundo parcial, para que la profesora lo pueda ver y lo entregue corregido. Sirve mucho hacerlo para entender cómo se deben enfocar los temas.




Clases: 8 / 10
Bibliografía: 9 / 10
Exámenes: 10 / 10

Nota final: 9 / 10
TRABAJOS PRÁCTICOS: SÍ.
Dificultad: Normal

Comentario: Es una cátedra recomendable, pero como tiene su propia postura -feminista- debe plantearse desde un primer momento la necesidad de una mirada crítica para no terminar adoctrinado.

Derecho Internacional Penal Profundizado - Anello Carolina




I.- Clases
Se trata de una materia cuatrimestral que está a cargo de profesoras distintas según el período. En este caso, voy a hablar de la que se dicta en el primer cuatrimestre que está a cargo de la Dra. Carolina Anello.
Las clases las dicta la Dra. Anello con su elenco de ayudantes. Entre ellos, se destacan Dalila Seoane y Noelia Matalone, que dan clases bastante buenas y organizadas. Hay otros: varias chicas estudiantes o recién graduadas que son bastante mediocres a la hora de dar clases y un muchacho que es pésimo, pero da una sola clase. También da una clase la Dra. Romina Pezzot, que se encuentra a cargo de la materia en el segundo cuatrimestre. Si bien asistió al curso una sola vez, se destacó por su simpatía y su claridad al explicar. Creo que la materia con ella debe ser muy buena.
La materia es muy interesante. Se estudia una rama del Derecho Internacional Público llamada Derecho Internacional Penal, que se trata del conjunto de normas de derecho internacional que tipifican conductas (ya sean crímenes o delitos) y les asignan responsabilidad a individuos. Por esas características, es bidepartamental, lo que significa que dependiendo del número de comisión en que te anotes, contará como 4 puntos de penal o 4 de público. Además, está acreditado como curso de investigación, así que a los que participen en proyectos UBACYT o DECYT y les interese obtener el certificado de formación en investigación les viene bastante bien.
El contenido se divide en tres partes. En la primera se estudian temas generales, vinculados con las ramas del Derecho Internacional Público y el Derecho Penal. Así, se ven las fuentes del derecho internacional público y las del derecho internacional penal como tema principal. Luego, los principios generales de derecho penal que adopta el Estatuto de Roma, la historia de la responsabilidad penal del individuo a nivel internacional, etc.
La segunda parte abarca el análisis de los delitos y crímenes en particular. En verdad solo hay una clase dedicada a los delitos internacionales, en la que se pone énfasis en piratería y esclavitud. Luego se ven los crímenes de guerra, los delitos de lesa humanidad, el genocidio y la agresión. Lo más interesante de esta parte es que, para entender los crímenes de guerra, la cátedra enseña principios de derecho internacional humanitario. A lo enumerado se suma una clase de los elementos de los crímenes internacionales y una de terrorismo.
La tercera parte trata del juzgamiento, y aquí se estudian los principios de la jurisdicción, la historia de los tribunales internacionales e internacionalizados, la organización y el funcionamiento de la Corte Penal Internacional y, finalmente, el procedimiento de extradición.
Las clases son expositivas y se basan en el libro que mencionaré en la bibliografía, funcionando como una suerte de resumen. Algunas son mejores que otras. Muchas veces da la sensación de que nos quedamos muy en lo superficial. El ayudante que mencioné más arriba no llega ni a terminar los temas, por su vano intento de demostrar sus conocimientos. Eso le quita varios puntos a la comisión, pues incluso interrumpe las exposiciones de la Dra. Anello para hacer gala de lo que sabe.
Como último punto destacable, hay que mencionar que la visión de esta cátedra es siempre desde el Derecho Internacional Público, lo que no es compartido por todas las que enseñan este tema en la facultad.

II.- Bibliografía
La bibliografía básica es el libro Elementos de Derecho Internacional Penal, de quien fuera la titular de la cátedra de Derecho Internacional Público de la que depende esta materia, la Dra. Gutiérrez Posse. Es un libro bastante corto, que incluso puede leerse en un fin de semana.
A esto se suman convenciones y fragmentos de fallos que están indicados en el cronograma de clases.
La bibliografía del curso se completa en la etapa final de investigación, donde para la resolución del caso obligatoriamente se deberán consultar distintas fuentes relacionadas con la materia.

III.- Exámenes
La materia se evalúa en dos partes. La primera es un examen escrito, con una parte de opción múltiple y un caso a resolver. Este parcial evalúa las primeras dos partes de la cursada: parte general y parte especial. Es bastante fácil, solo se evalúa lo que se mencionó en clase. Hay notas altas.
La parte de Juzgamiento se evalúa mediante un trabajo práctico final, que consiste en la realización de un memorial de Defensa o de Fiscalía sobre un caso hipotético ante la Corte Penal Internacional y su posterior exposición oral en forma de alegatos. Es individual, trabajoso y muy interesante. Requiere sentarse varias horas a revisar jurisprudencia y doctrina. Para esta evaluación es recomendable, yo diría que casi imprescindible, poder leer en idioma inglés. Ello porque toda la jurisprudencia se encuentra en ese idioma. En su defecto, también se consiguen algunos fallos en francés.



Clases: 6 / 10
Bibliografía: 8 / 10
Exámenes: 10 / 10

Nota Final: 8 / 10
Trabajos Prácticos: SÍ

Dificultad: Baja

Comentario: Es una materia interesante y una comisión poco exigente. Es particularmente útil la última parte, donde uno se encuentra en la necesidad de buscar por sí mismo fuentes que le permitan redactar su memorial para no pasar demasiada vergüenza frente a sus compañeros en la fecha de la exposición. No es menor mencionar que ese examen fue el mejor que me tomaron en toda la facultad. Deja un sentimiento de "trabajo realizado" muy satisfactorio, y uno termina pensando que en verdad aprendió mucho por haber cursado esta materia.
Recomendable.

Sociedades Civiles y Comerciales - Chomer - Junqueira



I.- Clases
Las clases están a cargo de la Dra. Junqueira los lunes y de la Dra. Bianchi -JTP- los viernes. Cuando la primera de ellas no puede asistir, dicta la clase la auxiliar, la Dra. Romano. Las clases son de tipo expositivo, generalmente las de Junqueira son las mejores por ser las más ordenadas. Bianchi puede llegar a confundir un poco más.
El programa de la materia es muy largo: en la primera parte se ven las entidades civiles (asociaciones, fundaciones, mutuales, cooperativas) y en la segunda las sociedades civiles y comerciales. Eso significa que toda la Ley General de Sociedades se evalúa en la segunda parte, y realmente es mucho contenido. Quizás la parte más interesante es el derecho de extranjería y las sociedades off shore, de las que la adjunta explica las características esenciales y la postura de la IGJ a su respecto.
La cátedra tiene su foco puesto en la faz práctica. Junqueira trabaja en la Inspección General de Justicia y le interesa que sus estudiantes sepan los procedimientos para inscribir las sociedades allí y la forma en que funciona el órgano de contralor.
Junqueira tiene frecuentemente problemas para asistir a la comisión de las 18:30 (a la de 15:30 escuché que directamente no va), por lo que el nivel de las clases muchas veces baja, tomando su lugar la ayudante o la Dra. Bianchi. Por momentos en el curso se echa de menos la presencia de Junqueira.

II.- Bibliografía
En el programa de la comisión se especifican los autores que se pueden elegir. Para la primera parte se recomiendan dos libros de Cahián sobre asociaciones civiles y fundaciones. Para sociedades comerciales, la comisión se conforma con el nuevo manual de Vitolo de la Editorial Estudio, que es muy extenso.
Además, la Dra. Junqueira deja en la fotocopiadora Express apuntes con modelos de estatutos y resoluciones de la IGJ.

III.- Exámenes
El primer parcial es escrito y consta de tres preguntas, enfocadas principalmente en la parte práctica y relacionada con los íter constitutivos o registrales de las entidades civiles. Toma lo que da en clase y pone notas altas, aunque no 10.
El segundo parcial es escrito u oral, a elección del estudiante. Cada profesora le toma a un estudiante por vez. Es bastante simple, porque de por sí el contenido es mucho. Hacen varias preguntas en forma tal que el alumno pueda explayarse con sus conocimientos, y lo van paseando por el programa.


Clases: 8/10
Bibliografía: 7/10
Exámenes: 9/10

TRABAJOS PRÁCTICOS: NO

Nota: 8 / 10
Dificultad: Normal

Comentario: Yo me anoté en esta cátedra para aprender bastante sobre sociedades, y quizás estuvo un poco por debajo de mis expectativas. Creo que podríamos haber aprendido más si el curso durara más tiempo, pero también es cierto que la materia podría hacerse enorme si se agregara más contenido. Por eso, me parece que la única solución al problema es hacer de "Sociedades Civiles y Comerciales" una materia con mayor carga horaria, al estilo de Comercial y Familia. De todas maneras, la recomiendo para aprender. Es un curso sin mayores secretos: si se estudia se aprueba. La Dra. Junqueira dice que el curso está preparado para no hacer sufrir a aquéllos a quienes no les gusta el derecho societario.

miércoles, 9 de marzo de 2016

Derecho y Justicia en la Época de la Confederación Argentina - Olaza Pallero Sandro


I.- Clases
Las clases las dicta el Dr. Sandro Olaza Pallero. 
El profesor sube a su blog un cronograma, el cual no tiene ninguna relación con los temas de las clases. Por ejemplo, el día que se debía ver la "Historia e historia del derecho. Fuentes.", se vio como tema inaugural "La Guerra del Paraguay". Otra clase fue sobre demonología, por lo que trajo un libro que identificaba a los principales demonios y explicaba sus características. Luego se procedió a dramatizar un exorcismo, con una compañera que hacía de poseída gritando y pateando a los "curas" que la sujetaban. A veces trae algún profesor para hablar, o lleva a conferencias del Departamento de Ciencias Sociales.
Es una lástima que el plan de la cursada no se corresponda con la realidad.
Aceptan oyentes y pasan la nota en curso regular. Un punto más por permitirme cursar cuando la propia facultad no lo hizo por las correlatividades sin sentido.

II.- Bibliografía
Así como no es obligatorio ir a las clases, tampoco lo es leer para las mismas. De todas maneras hay mucho material subido al blog de la cátedra. Pero uno nunca sabe con qué puede salir el profesor.
La bibliografía para el trabajo de investigación la indica el propio profesor y una versión extendida está subida al blog.

III.- Exámenes
No hay exámenes. El profesor evalúa mediante un trabajo final de investigación y su exposición final. Supuestamente, las notas altas se reservan para representaciones creativas. La realidad es que nadie se saca menos de 7.
Hay muchas charlas, conferencias, congresos, en los que el profesor toma lista. La asistencia a los mismos suma un punto a la nota final.

Clases: 2 / 10
Bibliografía: 3 / 10
Exámenes: 2 / 10

Nota Final: 2 / 10
Trabajos Prácticos: SÍ

Dificultad: Robo

Se trata de la materia robo por excelencia. No se aprende nada. Recomiendo no anotarse a menos que se pretenda robar la carrera. Pérdida total de tiempo. Piensen que el departamento de Ciencias Sociales está compuesto por tres materias troncales: Sociología, Economía e Historia del Derecho. El único argumento aceptable para anotarse en este curso es el desinterés total por esas áreas. En cuyo caso están invitados a la comisión de la mediocridad, para ser profesionales mediocres.